La Secretaría de Energía actualizó los precios mayoristas de referencia de la electricidad para enero/abril y fijó el precio del gas en PIST (Punto de Ingreso al Sistema de Transporte) a trasladar a usuarios desde enero. El impacto final depende de transporte, distribución, impuestos y segmentación vigente.
El Gobierno nacional formalizó la actualización de parámetros centrales que inciden en las facturas de electricidad y gas natural a partir de enero de 2026, mediante dos resoluciones de la Secretaría de Energía publicadas en el Boletín Oficial.
En electricidad, la Resolución 604/2025 estableció que, para el período comprendido entre el 1 de enero y el 30 de abril de 2026, se aplicarán en el Mercado Eléctrico Mayorista (MEM) los Precios de Referencia de la Potencia (POTREF), el Precio Estabilizado de la Energía (PEE) y el Precio Estabilizado de los Servicios Adicionales (PES) destinados a abastecer la demanda declarada por agentes distribuidores y prestadores del servicio público de distribución. La norma también precisa que el PEE, junto con POTREF, PES y el Precio Estabilizado del Transporte (PET), son los parámetros que deben utilizarse para su correspondiente aplicación en los cuadros tarifarios de distribuidores y prestadores que lo requieran, conforme el marco regulatorio vigente.
La resolución incluye, además, el esquema equivalente para el Mercado Eléctrico Mayorista del Sistema Tierra del Fuego (MEMSTDF) para el mismo período enero/abril de 2026, y define los valores por cada agente distribuidor asociados al servicio público de transporte de energía eléctrica en alta tensión y por distribución troncal, detallados en anexos. Como parte del circuito operativo y regulatorio, ordena notificar a CAMMESA, a entes reguladores provinciales y al ENRE, entre otros actores del sistema.
En gas natural, la Resolución 605/2025 fijó el precio del gas en el Punto de Ingreso al Sistema de Transporte (PIST) a ser trasladado a usuarios finales en relación con contratos y acuerdos vigentes celebrados en el marco del Plan Gas.Ar. La norma indica que el precio aplica para los consumos realizados a partir de enero de 2026 y a partir de la fecha de entrada en vigencia de los cuadros tarifarios que debe publicar el ENARGAS, según el anexo que integra la medida.
La resolución también establece obligaciones operativas para asegurar la implementación: ENARSA, productoras y distribuidoras/subdistribuidoras con contratos del Plan Gas.Ar deben adecuar esos instrumentos al precio definido y presentarlos ante la Secretaría de Energía y el ENARGAS dentro del plazo previsto. A su vez, se instruye al ENARGAS a adoptar las medidas necesarias para que las facturas reflejen el precio PIST fijado y, cuando corresponda, las bonificaciones vigentes previstas por la Secretaría de Energía.
En el texto oficial se ratifica que la segmentación por niveles (N1, N2 y N3) se mantiene como referencia para la diferenciación del PIST y la aplicación de bonificaciones y límites de consumo en los niveles subsidiados, dado que la resolución explica expresamente que el régimen de segmentación llevó a diferenciar el precio según niveles y recuerda el criterio de pago pleno para N1. En paralelo, la misma norma encuadra la instrumentación regulatoria en el proceso de transición institucional: menciona la creación del Ente Nacional Regulador del Gas y la Electricidad y que, hasta su puesta en funcionamiento, el ENARGAS conserva competencia para dictar los actos instrumentales necesarios para reflejar el PIST en las facturas.
En términos de traslado a la boleta final, estas resoluciones impactan principalmente sobre el componente mayorista (energía/potencia y servicios adicionales en electricidad; PIST en gas), mientras que el importe que paga cada usuario se completa con cargos de transporte y distribución, impuestos y el cuadro tarifario de su prestadora. En gas, a la fecha, el ENARGAS mantiene publicados cuadros vigentes “desde el 01/12/2025” y aclara que las facturas de N2 y N3 deben contemplar bonificaciones según normativa vigente, a la espera de la instrumentación y publicación correspondiente para el nuevo período.
Con la información oficial ya publicada y tomando como referencia estimaciones sectoriales sobre el movimiento de los parámetros mayoristas, se proyecta para enero un impacto promedio moderado en facturas, en torno a un rango cercano al 2,5%-3%, con diferencias según zona, nivel de consumo, prestadora y condición de subsidio.





