La medida publicada hoy en el Boletín Oficial refuerza el seguimiento físico-químico sobre combustibles líquidos alcanzados por exenciones, reducciones impositivas o tratamientos diferenciales. No modifica precios, pero sí ajusta el control fiscal y operativo del sector.
La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) publicó este lunes la Resolución General 5835/2026, una norma que sustituye el esquema anterior y vuelve a poner el foco sobre un punto sensible de la cadena comercial: el control de los combustibles líquidos que circulan bajo regímenes impositivos especiales. La medida se apoya en el sistema de “marcador/reagente”, un método físico-químico que permite seguir la trazabilidad de determinados combustibles y verificar su destino dentro del circuito formal.
En concreto, la resolución establece que ese sistema será de uso obligatorio para los sujetos alcanzados por la normativa cuando realicen transferencias de combustibles líquidos gravados que estén exentas total o parcialmente, puedan quedar alcanzadas por ese tratamiento, o tengan reducción de impuestos dentro del marco de la Ley 23.966 de Impuestos sobre los Combustibles Líquidos y al Dióxido de Carbono. Es decir, no se trata de una disposición orientada al surtidor ni al consumidor final, sino de una herramienta de fiscalización sobre operaciones que, por su tratamiento tributario, requieren un seguimiento más estricto.
La lectura de fondo es clara: el Gobierno no anunció una suba ni una baja en combustibles, pero sí avanzó en un refuerzo del control sobre la trazabilidad fiscal del producto. En un mercado donde las diferencias impositivas exigen un seguimiento específico, el uso obligatorio de marcadores químicos apunta a verificar que el combustible que accede a un beneficio efectivamente llegue al destino declarado.
El sistema no es completamente nuevo, pero la resolución de este lunes reordena y reemplaza la regulación previa, dándole continuidad a una política de control que ARCA y antes la AFIP vienen aplicando sobre este universo de operaciones. En antecedentes recientes, el organismo ya había homologado nuevos marcadores y reactivos y también autorizado proveedores específicos para su comercialización dentro de este esquema técnico.
Para el sector, el impacto inmediato no pasa por el precio en los surtidores sino por la carga operativa y de cumplimiento para los actores alcanzados. Refinadoras, operadores, distribuidores y demás responsables incluidos en estos regímenes deberán sostener procedimientos de trazado, detección y control conforme a las exigencias actualizadas.
Se trata de una disposición técnica, aunque con impacto operativo para los actores alcanzados. La actualización del sistema de control refuerza la trazabilidad de combustibles con tratamiento fiscal diferencial y ordena su seguimiento dentro del circuito formal.





