La Secretaría de Energía de la Nación aprobó un nuevo sistema de información para los operadores de Gas Licuado de Petróleo (GLP), en una decisión que reordena el esquema de control sobre una actividad clave para el abastecimiento de garrafas en todo el país. La medida quedó oficializada a través de la Resolución 64/2026, publicada el lunes 16 de marzo en el Boletín Oficial.
La resolución establece que todos los operadores inscriptos en el Registro Nacional de la Industria del Gas Licuado de Petróleo deberán adecuarse al nuevo régimen informativo, que reemplaza al sistema vigente desde 2003. El cambio se da en un contexto de reforma del marco regulatorio del GLP, luego de las modificaciones introducidas en 2025 para avanzar hacia un mercado con menor intervención estatal en precios, oferta y demanda, pero con mayores herramientas de monitoreo sobre abastecimiento, stocks y seguridad.
Uno de los puntos centrales de la norma es que la información cargada por los operadores será publicada en el sitio web de la Secretaría de Energía. En los hechos, esto apunta a darle más trazabilidad al mercado y a ordenar la base de datos de un sector sensible, tanto por su peso en el consumo domiciliario como por su vínculo con los subsidios energéticos focalizados.
La resolución también endurece las consecuencias por incumplimientos. A partir de ahora, quienes no presenten la información exigida podrán ser sancionados con la suspensión en el registro nacional del sector, una medida de peso para cualquier operador, ya que compromete su continuidad formal dentro de la actividad.
Además, la Secretaría aprobó una nueva metodología de cálculo de Volúmenes Máximos Permitidos, una herramienta operativa que busca regular el volumen máximo de compra de GLP autorizado para cada operador. Según la fundamentación oficial, esto se vincula con la necesidad de garantizar condiciones de seguridad y asegurar el abastecimiento interno del mercado en plena transición hacia el nuevo esquema regulatorio.
Otro cambio importante alcanza a las firmas fraccionadoras. La norma modifica el régimen de declaración sobre fabricación, reacondicionamiento, baja, destrucción, transformación y adquisición de garrafas y cilindros. Hasta ahora esos reportes debían informarse con una frecuencia mensual en determinados casos; con la nueva redacción, deberán presentarse como declaración jurada semestral, incluyendo datos sobre talleres intervinientes, cantidades, marcas, capacidades y certificaciones de seguridad.
En paralelo, la resolución deroga formalmente la vieja Resolución 375/2003, que había fijado los lineamientos básicos del sistema de información aplicable a la industria del GLP. El Gobierno sostiene que ese esquema había quedado desactualizado frente a los cambios regulatorios recientes y que el nuevo modelo permitirá mejorar la calidad de los datos, reducir errores de carga, agilizar trámites administrativos y fortalecer el seguimiento del mercado.
Más allá del tono técnico de la medida, el trasfondo es político y económico. El GLP sigue siendo un insumo central para miles de hogares que dependen de garrafas, especialmente en zonas sin acceso a redes de gas natural. Por eso, aunque el Gobierno viene avanzando en la liberalización del sector, mantiene el foco en los mecanismos de control sobre operadores, stocks y trazabilidad del producto.
Para la agenda energética, la resolución marca un movimiento concreto: menos regulación sobre precios y funcionamiento comercial, pero más exigencia en materia de información, validación de datos y supervisión del abastecimiento. En un mercado sensible por su impacto social, esa combinación empieza a perfilar el nuevo modelo de gestión oficial para el GLP.





