Energía 360

  • Quiénes somos
  • Contacto
  • Instagram
  • Facebook
  • YouTube
  • Spotify
  • X

EN
ES
PT

EN
ES
PT

  • Energía
  • Minería
  • Oil & Gas
  • Opinión
  • Energía
  • Minería
  • Oil & Gas
  • Opinión
Minería

El Gobierno actualizó la reglamentación del régimen de inversiones mineras

Nicolás Muñoz

Imagen del autor

Por

junio 23, 2026
Escuchar artículo

El Gobierno nacional actualizó la reglamentación de la Ley 24.196 de Inversiones Mineras, una norma clave para el funcionamiento del régimen promocional de la actividad en el país. La medida fue dispuesta mediante el Decreto 482/2026, fechado el 22 de junio de 2026 y publicado hoy martes 23 de junio en el Boletín Oficial. La norma reemplaza de manera integral el anexo del Decreto 2686/1993, que regía desde hace más de tres décadas.

La actualización responde a la necesidad de adecuar la reglamentación a las nuevas condiciones productivas, tecnológicas y administrativas del sector minero. En los considerandos, el Poder Ejecutivo señaló que el objetivo es avanzar en la simplificación administrativa, reducir cargas burocráticas, fortalecer la seguridad jurídica y modernizar los instrumentos de control y promoción del régimen.

La Ley 24.196 instituyó el Régimen de Inversiones para la Actividad Minera con el propósito de promover el desarrollo de la minería en el territorio nacional. Desde su sanción, el esquema contempla beneficios fiscales y operativos para los proyectos inscriptos, entre ellos la estabilidad fiscal, mecanismos vinculados al Impuesto a las Ganancias, beneficios sobre el IVA y facilidades para la importación de bienes destinados a la actividad.

Uno de los puntos centrales del decreto es la redefinición del universo de sujetos alcanzados por el régimen. La nueva reglamentación precisa los requisitos para la inscripción de quienes desarrollan actividades mineras por cuenta propia y establece un esquema específico para los prestadores de servicios mineros, con condiciones de inscripción, permanencia, intimación, suspensión y eventual baja del registro ante incumplimientos.

También se incorpora como obligación para todos los inscriptos la constitución de un domicilio legal electrónico, donde se considerarán válidas las notificaciones oficiales. En el caso de los beneficiarios ya registrados, deberán cumplir con ese requisito en la primera presentación anual prevista por la Ley 24.196. La constitución de ese domicilio será indispensable para tener por cumplida dicha presentación.

En materia de estabilidad fiscal, el decreto perfecciona el procedimiento para la obtención del certificado, precisa plazos y requisitos de subsanación, y aclara el momento desde el cual se entiende otorgado el beneficio. Además, establece que los beneficiarios deberán mantener actualizado el estudio de factibilidad cuando existan modificaciones sustanciales del proyecto que alteren su viabilidad técnica, económica, legal u operativa.

Otro cambio relevante apunta a la devolución acelerada del IVA en la etapa de exploración. La nueva reglamentación simplifica la documentación exigida, limitándola a facturas y comprobantes de pago. También elimina la obligación de notificar los trabajos exploratorios antes de su realización y restringe la posibilidad de pedir documentación adicional, salvo que resulte estrictamente necesaria para verificar la correspondencia del crédito fiscal.

El decreto también actualiza el régimen de importaciones previsto en la Ley 24.196. El esquema anterior de autorizaciones previas y certificados emitidos por la autoridad de aplicación será reemplazado por un mecanismo basado en declaraciones juradas sobre el destino minero de los bienes. Ese procedimiento se integrará con la Ventanilla Única de Comercio Exterior Argentino y con el Sistema Informático Malvina.

La reglamentación redefine además el concepto de integración regional y amplía su alcance a 500 kilómetros. Según el texto oficial, esta modificación busca favorecer la integración entre yacimientos, plantas de beneficio e infraestructura asociada, permitiendo extender la cadena productiva en territorios más amplios.

En materia ambiental, la norma armoniza la Ley de Inversiones Mineras con la Ley General del Ambiente. El decreto establece que la acreditación del Seguro Ambiental Obligatorio podrá ser considerada para cumplir con la previsión destinada a la prevención, recomposición o remediación ambiental, siempre previa evaluación de la autoridad de aplicación. El texto oficial aclara que este criterio no implica una reducción de la tutela ambiental, sino la incorporación de un instrumento previsto por una legislación posterior.

La autoridad de aplicación deberá dictar las normas complementarias y aclaratorias necesarias para implementar la nueva reglamentación dentro de un plazo de 60 días corridos. Las disposiciones del decreto entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial.

Con esta modificación, Nación busca ordenar y modernizar el marco reglamentario de un régimen que sigue siendo central para el desarrollo de proyectos mineros en el país. Para las provincias con actividad o potencial minero, la actualización tendrá impacto en la forma en que las empresas acceden, mantienen y justifican los beneficios previstos por la Ley 24.196.

Decreto 482 2026Descarga
Decreto 2686/1993 Decreto 482/2026 Ley 24.196 Ley de Inversiones Mineras

Más noticias

  • Energía

    23 de junio de 2026

    YPF y Tesla proyectan corredores eléctricos en Argentina con supercargadores en estaciones de servicio

  • Energía, Minería, Oil & gas

    23 de junio de 2026

    Río Negro promulgó su adhesión al RIMI y suma incentivos para medianas inversiones productivas

  • Oil & gas

    23 de junio de 2026

    Universidad de Flores se suma al sistema provincial de pasantías en hidrocarburos

  • Energía
  • Minería
  • Oil & Gas
  • Opinión
  • Quiénes somos
  • Contacto
  • Quiénes somos
  • Contacto

Todos Los Derechos Reservados
© 2024 Energía 360 – Publicidad: [email protected]

Desarrollado por