El Decreto 726/2025, publicado en el Boletín Oficial, fija una alícuota del 0% para las exportaciones de acero, aluminio y derivados hacia países que aplican aranceles de importación iguales o superiores al 45%. La medida será temporal y de aplicación segmentada, vigente hasta el 31 de diciembre de 2025.
El Gobierno nacional oficializó este miércoles la eliminación temporal y segmentada de las retenciones a las exportaciones de acero, aluminio y sus derivados. La decisión fue establecida mediante el Decreto 726/2025, publicado en el Boletín Oficial de la República Argentina, con el objetivo de mejorar la competitividad externa de las empresas del sector frente a mercados que imponen altos aranceles de importación.
La norma dispone que el Derecho de Exportación (DEX) será del 0% para todas las mercaderías comprendidas en la Nomenclatura Común del Mercosur (NCM) que figuran en su anexo, siempre que los países de destino apliquen aranceles “ad valorem” iguales o superiores al 45%.
“La medida busca mitigar las barreras arancelarias impuestas por ciertos países y fortalecer la inserción internacional de las cadenas industriales argentinas vinculadas al acero y al aluminio”, señala el texto oficial.
El beneficio entrará en vigencia al día siguiente de su publicación, o sea mañana jueves, y se mantendrá hasta el 31 de diciembre de 2025, o hasta que los países importadores reduzcan sus aranceles por debajo del 45%, lo que ocurra primero.
Entre los productos alcanzados figuran laminados planos, chapas, tubos, perfiles, barras, alambres y planchas de aluminio, además de una serie de derivados intermedios que forman parte del circuito industrial metalúrgico argentino.
La Secretaría de Coordinación de Producción del Ministerio de Economía será la encargada de dictar las normas aclaratorias y comunicar a la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) la nómina de países que cumplen con la condición arancelaria para acceder a este beneficio.
Una medida segmentada por destino
Si bien el decreto elimina las retenciones, no lo hace de forma generalizada, sino únicamente para aquellas exportaciones dirigidas a mercados que aplican aranceles elevados.
Esto significa que la exención no abarca todas las operaciones del sector, sino aquellas que cumplan con el criterio técnico establecido en la norma: un arancel de importación “ad valorem” de 45% o más.
De este modo, el Gobierno busca focalizar el alivio tributario en los mercados donde las barreras comerciales son más duras, evitando un impacto fiscal generalizado pero brindando alivio competitivo a las industrias más afectadas por los altos costos externos.
Fundamento legal y objetivos
El decreto se apoya en las facultades conferidas al Poder Ejecutivo por el artículo 755 del Código Aduanero (Ley 22.415), que permite fijar, modificar o eximir derechos de exportación ante razones de política económica o comercial.
Según el texto, la medida “responde a la necesidad de acompañar a sectores estratégicos de la producción nacional ante un contexto internacional de alta competencia y barreras arancelarias crecientes”.