La Corte de Apelaciones del Segundo Circuito de Nueva York anuló el fallo que obligaba al país a pagar US$ 16.100 millones por la expropiación de YPF. La decisión también dejó sin efecto la orden que exigía entregar acciones de la petrolera y reabrió un frente judicial clave para el Estado argentino.
La Argentina consiguió hoy viernes un alivio judicial de enorme magnitud en una de las causas más sensibles que arrastraba en Estados Unidos. La Corte de Apelaciones del Segundo Circuito de Nueva York revocó, por dos votos contra uno, la sentencia de primera instancia que había condenado al país a pagar US$ 16.100 millones por la expropiación de YPF concretada en 2012. Con intereses, ese pasivo ya había escalado a unos US$ 18.000 millones, según planteó la propia defensa argentina durante la apelación.
El punto central del fallo es jurídico, pero con consecuencias económicas y políticas de enorme peso. Los jueces de segunda instancia concluyeron que los reclamos por daños basados en un supuesto incumplimiento contractual no son reconocibles bajo el derecho civil argentino ni bajo el derecho público que rige las expropiaciones. En otras palabras, la cámara entendió que la jueza Loretta Preska había interpretado de manera incorrecta la legislación argentina al tratar el estatuto de YPF como si funcionara como un contrato bilateral exigible en esos términos contra la República.
La decisión golpea de lleno sobre el corazón de la condena dictada en septiembre de 2023. Aquella sentencia había responsabilizado a la Argentina por no haber lanzado una oferta pública de adquisición al resto de los accionistas cuando expropió el 51% de YPF en manos de Repsol. Los demandantes eran Petersen Energía Inversora y Eton Park Capital Management, dos exaccionistas de la petrolera cuyos derechos de litigio quedaron en manos del fondo Burford Capital, principal beneficiario económico del caso.
El nuevo fallo no solo anula esa condena multimillonaria. También deja sin efecto la orden de junio de 2025 que obligaba a la Argentina a transferir acciones de YPF para empezar a satisfacer el pago. Ese punto era especialmente delicado porque ponía en discusión el control estatal sobre la petrolera y había abierto un frente de fuerte tensión política, jurídica y soberana. Al caer la sentencia principal, también cayó esa orden accesoria.
Para entender la dimensión del caso, alcanza con mirar la escala de los números. Según expuso la Argentina en el expediente, el monto original de US$ 16.100 millones equivalía al 45% del presupuesto total del país en 2024. Por eso, la resolución conocida este 27 de marzo representa mucho más que una novedad judicial: despeja, al menos en esta etapa, uno de los mayores riesgos financieros que pesaban sobre el Estado argentino en tribunales del exterior.
Desde el punto de vista energético, la noticia también tiene una derivación inmediata sobre YPF. Aunque la compañía no había sido condenada a pagar el monto principal en esta instancia, el caso venía proyectando una sombra persistente sobre su estructura accionaria, su valuación y su proyección internacional. La eliminación de la orden de entrega de acciones mejora el escenario para la petrolera justo en un momento en que busca posicionarse como actor central del salto exportador argentino, tanto en petróleo como en GNL.
La reacción del mercado mostró con rapidez quiénes fueron los primeros ganadores y perdedores del día. Las acciones de Burford cayeron con fuerza tras conocerse la decisión judicial, mientras que YPF mostró una reacción positiva. Reuters informó un desplome del 47% en los papeles de Burford en la rueda estadounidense, en línea con el golpe que implicó la anulación del negocio judicial más grande que esperaba capitalizar la firma.
En el plano político, Javier Milei celebró el fallo como una victoria de alto impacto y lo presentó como una señal favorable para su gestión. Pero más allá del uso político interno, el dato de fondo es otro: el tribunal de apelaciones aceptó uno de los argumentos centrales de la defensa argentina, que venía sosteniendo que el caso había sido resuelto en primera instancia con una lectura equivocada del derecho argentino. El abogado principal del país, Robert Giuffra, dijo que el fallo “reivindica plenamente” esa posición.
Eso no significa, de todos modos, que el expediente haya terminado. Fuentes citadas por El País señalaron que los demandantes todavía pueden intentar una revisión en pleno dentro del propio Segundo Circuito y, después, pedir una revisión discrecional ante la Corte Suprema de Estados Unidos. Es decir: la Argentina consiguió una victoria de enorme peso, pero el frente judicial no quedó clausurado de manera definitiva.
El trasfondo del caso remite a la nacionalización de YPF en 2012, cuando el Estado argentino avanzó sobre el 51% de las acciones que estaban en manos de Repsol. La discusión posterior giró en torno a si esa expropiación obligaba también a lanzar una oferta al resto de los accionistas bajo las reglas del estatuto de la compañía. Ese fue el punto que Preska había validado en primera instancia y que ahora la cámara revisó de manera crítica.
Para el tablero energético argentino, el fallo tiene un efecto inmediato y otro de mediano plazo. En lo inmediato, le quita presión a YPF y al Estado en un momento de alta exposición financiera. En el mediano plazo, fortalece la posición de la petrolera en una etapa en la que la empresa intenta acelerar proyectos atados a Vaca Muerta, al desarrollo exportador de crudo y al negocio del gas natural licuado. En un sector donde la confianza jurídica y financiera pesa tanto como el recurso, la resolución de Nueva York reordena el escenario.





