La Secretaría de Energía fijó nuevos valores mayoristas del gas natural para los contratos del Plan Gas.Ar, que se trasladarán a las facturas a partir de los consumos de diciembre de 2025.
El Gobierno nacional dio un nuevo paso en el “sendero de actualización” de los precios energéticos. A través de la Resolución 487/2025 de la Secretaría de Energía, publicada en el Boletín Oficial el 28 de noviembre, se estableció un nuevo precio del gas natural en el Punto de Ingreso al Sistema de Transporte (PIST) para los contratos celebrados en el marco del Plan Gas.Ar, a aplicarse sobre los consumos realizados desde diciembre de 2025.
En términos simples, el PIST es el precio mayorista del gas: lo que pagan las distribuidoras y subdistribuidoras cuando compran el gas antes de que ingrese a los gasoductos de transporte. Ese valor no es la tarifa final que ve el usuario en su boleta, pero sí es la base de costo del insumo que luego se traslada a las facturas de hogares, comercios e industrias, junto con los cargos de transporte, distribución e impuestos. La Resolución 487/2025 no fija cuánto va a pagar cada usuario en su hogar; lo que hace es actualizar el precio del gas en el eslabón mayorista para los contratos del Plan Gas.Ar.
El texto oficial establece que se fija el precio de gas natural en el PIST “a ser trasladado a los usuarios finales en relación con los contratos o acuerdos de abastecimiento vigentes celebrados en el marco del ‘Plan de Reaseguro y Potenciación de la Producción Federal de Hidrocarburos, el Autoabastecimiento Interno, las Exportaciones, la Sustitución de Importaciones y la Expansión del Sistema de Transporte para todas las cuencas hidrocarburíferas del país 2023-2028 (Plan Gas.Ar), aprobado por el Decreto 892/2020”. Los valores específicos figuran en un anexo técnico y se aplicarán a los consumos de gas realizados a partir del mes de diciembre de 2025, en la fecha de entrada en vigencia de los nuevos cuadros tarifarios que el ENARGAS debe publicar para cada distribuidora.
En los considerandos, la Secretaría de Energía recuerda que la política energética actual se desarrolla en un contexto de emergencia económica y tarifaria, y que el Ministerio de Economía instruyó a “continuar con el sendero de actualización de los precios y tarifas del sector energético”. En ese marco, la resolución se presenta como un nuevo escalón dentro de la secuencia de recomposición del precio del gas en boca de gasoducto para asegurar el abastecimiento interno, sostener las inversiones y reducir el peso de los subsidios generalizados sobre las cuentas públicas.
La norma también le da tareas concretas a los distintos actores de la cadena gasífera. Por un lado, ordena que las productoras, ENARSA y las distribuidoras y subdistribuidoras que firmaron contratos bajo el Plan Gas.Ar adecúen esos acuerdos a los nuevos precios establecidos, y remitan la documentación respaldatoria a la Secretaría de Energía y al ENARGAS. Por otro lado, en su artículo 3, instruye al ente regulador del gas a tomar las medidas necesarias para que las facturas que emitan las empresas de distribución y subdistribución de todo el país reflejen el nuevo precio del gas en el PIST y, en los casos que corresponda, las bonificaciones definidas por la Resolución 24/2025 para los hogares de menores y medios ingresos.
Esa instrucción ya empezó a aparecer en las resoluciones tarifarias recientes del propio ENARGAS, donde se menciona explícitamente que los cuadros que apruebe para cada distribuidora deberán incorporar los nuevos valores de gas en el PIST fijados por la Resolución 487/2025, además de los ajustes que se definan para transporte y distribución. Allí se vuelve a remarcar que la tarifa que paga el usuario surge de la suma de tres componentes básicos: el precio del gas en el punto de ingreso al sistema de transporte, el costo de transportar ese gas por los gasoductos troncales, el valor de la distribución hasta el domicilio, y finalmente los impuestos.
¿Qué significa todo esto para los usuarios? En lo inmediato, la decisión implica que el componente “gas” de la factura se encarece para los consumos que se registren desde diciembre de 2025. Pero el impacto final en la boleta de cada hogar o comercio no es uniforme ni puede resumirse en un solo porcentaje, porque depende de varios factores: la distribuidora que presta el servicio, la provincia en la que se presta, la categoría de usuario, el volumen de consumo y el esquema de subsidios que esté vigente para cada caso.
En este punto es importante marcar un límite para evitar conclusiones que la propia norma no respalda. La Resolución 487/2025 no publica un número oficial sobre “cuánto sube la factura” en términos porcentuales ni desglosa el impacto para cada nivel de usuario residencial. Las cifras que comenzaron a circular en distintos medios son estimaciones hechas a partir de los cuadros tarifarios de casos concretos o de análisis privados, pero no forman parte de la resolución. Lo que sí se sabe, con respaldo normativo, es que se fijó un nuevo precio mayorista del gas para los contratos del Plan Gas.Ar y que el ENARGAS está obligado a trasladarlo a los cuadros tarifarios, aplicando al mismo tiempo las bonificaciones vigentes para sectores vulnerables.
Detrás de esta actualización hay también un objetivo de política de largo plazo: dar señales de precios que permitan sostener y ampliar la producción de gas en cuencas como la Neuquina y la Austral, aprovechar la infraestructura de transporte en expansión y reducir la dependencia de importaciones costosas durante los inviernos. El Plan Gas.Ar fue diseñado precisamente para garantizar contratos firmes entre productores y distribuidoras a precios previsible, a cambio de volúmenes comprometidos y reglas claras durante varios años.
Para provincias productoras y consumidoras como Río Negro y el resto de la Patagonia, la resolución tiene una doble cara. Por un lado, refuerza la señal de ingresos para las empresas que invierten en gas y para los proyectos asociados al desarrollo de infraestructura. Por el otro, se suma a una serie de recomposiciones de tarifas que vienen llegando a los hogares y a las pymes desde 2024. La clave, en los próximos meses, estará en seguir de cerca cómo terminan de plasmarse estos nuevos precios en los cuadros que aprueben el ENARGAS y los entes reguladores provinciales, y cómo se articula todo esto con el nuevo esquema de subsidios energéticos que el Gobierno también puso en consulta.
Desde Energía 360 vamos a seguir este tema con foco en lo que significa, en la práctica, para las familias, los comercios y el entramado productivo de Río Negro y la Patagonia: cuánto pesa el componente gas dentro de la factura, cómo se combinan los precios mayoristas con los subsidios, y qué margen queda para que los hogares puedan planificar sus consumos en un contexto de cambios permanentes en el mapa energético nacional.





