El CCT 644/12 incorpora el Art. 24 bis y crea un seguro de vida colectivo obligatorio: la familia del trabajador recibirá una asignación mensual por 60 meses, con prima a cargo del empleador.
El Sindicato de Petróleo y Gas Privado de Río Negro, Neuquén y La Pampa y las cámaras empresarias de Operaciones y Servicios Especiales firmaron un acuerdo que incorpora el Artículo 24 bis (“Contención familia petrolera”) al Convenio Colectivo de Trabajo 644/12. La medida establece un seguro de vida colectivo obligatorio para todos los trabajadores alcanzados por el convenio, orientado a sostener el ingreso del hogar ante muerte o incapacidad total y permanente (67% según ART).
El beneficio prevé una asignación mensual actualizada equivalente al último salario bruto normal, mensual y habitual del trabajador o al promedio de los últimos seis meses, el que resulte más favorable, pagadera durante cinco (5) años contados desde el fallecimiento o la declaración de incapacidad. La prima del seguro será íntegramente afrontada por el empleador y el esquema no reemplaza ni condiciona otras prestaciones vigentes: es independiente de cualquier derecho presente o futuro.
El alcance cubre contingencias en ocasión del trabajo y en el trayecto (“in itinere”) entre el domicilio y el lugar de tareas, en línea con la Ley 24.557. Con esto, el sector eleva el estándar de protección en una actividad de riesgo, asegurando una renta familiar por 60 meses que brinde previsibilidad económica en situaciones críticas.
Durante la firma en la sede sindical, Marcelo Rucci destacó el enfoque humano del acuerdo y el trabajo técnico-legal que demandó su concreción. Subrayó que el objetivo es que, ante un evento grave, “la familia no quede desamparada” y que el entendimiento fue posible por el diálogo con las cámaras y empresas. El gremio enmarcó la medida en una agenda de cuidado integral que incluye ambulancias, clínicas y la mejora continua de los estándares de seguridad y prevención.
Con la incorporación del Art. 24 bis, el convenio petrolero fija un nuevo piso de cobertura social: ingreso sostenido por cinco años para la familia, financiamiento empresario, criterio de cálculo favorable al trabajador y compatibilidad con otros beneficios. Un paso que, además de reducir vulnerabilidades, alinea incentivos para seguir bajando la siniestralidad y cuidar la vida en toda la cadena de valor.