El organismo actualizó las escalas sancionatorias para terceros no prestadores, licenciatarias y subdistribuidoras. La medida no modifica las tarifas finales, pero eleva los montos de referencia para penalizar incumplimientos dentro del servicio de gas natural.
El Ente Nacional Regulador del Gas y la Electricidad actualizó las escalas de multas aplicables al sistema gasífero nacional, en una medida que alcanza a terceros no prestadores, transportistas, distribuidoras y subdistribuidoras de gas natural.
La decisión fue oficializada a través de la Resolución 214/2026, publicada este viernes en el Boletín Oficial, y regirá para los incumplimientos cometidos a partir del 1 de julio de 2026.
La actualización no implica un aumento directo en las tarifas que pagan los usuarios. Se trata de una adecuación del régimen sancionatorio que utiliza el organismo regulador para penalizar infracciones a la normativa vigente, incumplimientos de licencias o faltas dentro de la prestación del servicio.
Para los terceros no prestadores, el ENReGE fijó una nueva escala de multas con un monto mínimo de $146.301 y un máximo de $146.301.000. En este caso, la adecuación se realizó en base a la evolución del Índice de Precios Internos Mayoristas, que registró una variación del 16,10% para el período considerado.
En el caso de las licenciatarias de transporte y distribución, y también de las subdistribuidoras, la escala fue actualizada con un piso de $189.240 y un techo de $189.240.000. Para esta categoría, el organismo tomó como referencia las adecuaciones aplicadas sobre los componentes tarifarios regulados durante el período analizado, con una actualización del 22,20%.
La resolución también contempla un esquema agravado para los casos de mayor gravedad. Si una licenciataria o subdistribuidora persiste en un incumplimiento pese a una intimación del regulador, o si la falta tiene una grave repercusión social, la multa podrá elevarse hasta $946.200.000.
El punto central de la medida está en el reordenamiento de las herramientas de control del sistema gasífero. En un contexto de revisión regulatoria, actualización tarifaria y unificación de los antiguos entes de gas y electricidad, el ENReGE busca mantener actualizados los valores de sanción para que no queden desfasados frente a la evolución de los costos y de las variables económicas del sector.
La norma también instruye a notificar a las licenciatarias del servicio público de transporte y distribución de gas, incluida Redengas S.A, y establece que las distribuidoras deberán informar la resolución a las subdistribuidoras que operen dentro de sus respectivas áreas licenciadas.
El antecedente inmediato de esta actualización se encuentra en las adecuaciones aplicadas durante 2025, cuando el entonces ENARGAS había revisado las escalas sancionatorias. Ahora, con el ENReGE ya constituido como organismo unificado para gas y electricidad, la actualización se inscribe dentro del nuevo esquema institucional que concentra la regulación de ambos servicios públicos.
En términos prácticos, la medida no cambia el cuadro tarifario ni define nuevos aumentos para usuarios residenciales, comerciales o industriales. Su impacto se ubica sobre el plano regulatorio: eleva los montos de referencia para sancionar incumplimientos y refuerza la capacidad del organismo de control frente a fallas, demoras o conductas contrarias a las obligaciones de las empresas reguladas.
Con esta resolución, el Gobierno nacional avanza en una nueva adecuación del marco sancionatorio del gas, en paralelo al proceso de recomposición tarifaria, revisión de licencias y reorganización institucional del sistema energético argentino.





