La medida busca simplificar los trámites para recuperar créditos fiscales generados durante las etapas de exploración, construcción y desarrollo de proyectos mineros. El Gobierno sostiene que reducirá la carga administrativa y dará mayor previsibilidad a las inversiones.
El Gobierno nacional avanzó con una nueva medida de simplificación administrativa para el sector minero al modificar el régimen de devolución del Impuesto al Valor Agregado (IVA) previsto por la Ley de Inversiones Mineras.
A través de la Resolución General Conjunta 5878/2026, la Secretaría de Minería y la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) derogaron el procedimiento que desde 2004 regulaba la devolución de créditos fiscales acumulados por las empresas durante las etapas de inversión de sus proyectos.
La decisión se enmarca en el proceso de actualización normativa impulsado por el Ejecutivo para adecuar la reglamentación de la Ley 24.196 y eliminar mecanismos administrativos que, según el Gobierno, habían quedado desactualizados.
Un beneficio clave para proyectos que todavía no generan ingresos
En minería, las inversiones suelen concentrarse durante varios años antes de que una operación comience a producir. Durante ese período, las empresas realizan importantes compras de bienes, maquinaria, insumos y servicios, pagando IVA que, al no existir aún ventas gravadas, se transforma en un crédito fiscal acumulado.
El régimen de devolución permite recuperar esos saldos a favor, mejorando el flujo financiero de los proyectos y reduciendo el costo de las inversiones iniciales.
Por esa razón, el mecanismo adquiere especial relevancia para emprendimientos que se encuentran en etapas de exploración avanzada, construcción o desarrollo, donde las erogaciones son elevadas y la generación de ingresos todavía no comenzó.
Qué cambia
La nueva resolución no elimina el beneficio previsto por la Ley de Inversiones Mineras. Lo que modifica es el procedimiento mediante el cual se tramita esa devolución.
A partir de ahora, la Secretaría de Minería y ARCA administrarán el régimen dentro de sus respectivas competencias e intercambiarán la información necesaria para procesar las solicitudes, dejando sin efecto el esquema administrativo vigente desde 2004.
El Gobierno sostiene que la actualización permitirá reducir tiempos de gestión, simplificar los expedientes y brindar mayor eficiencia al sistema.
Asimismo, aclaró que los trámites iniciados bajo el régimen anterior continuarán siendo analizados conforme a las reglas vigentes al momento de su presentación, evitando afectar derechos ya adquiridos por las empresas.
Un cambio con impacto para las nuevas inversiones
Si bien la resolución no incorpora nuevos beneficios fiscales, sí busca facilitar el acceso a uno de los instrumentos financieros más importantes para la actividad minera.
En un contexto en el que Argentina busca atraer inversiones para proyectos de oro, plata, cobre, litio y uranio, disponer de mecanismos más ágiles para recuperar capital inmovilizado durante las primeras etapas puede mejorar la competitividad de los emprendimientos.
La medida también acompaña la estrategia oficial de reducir cargas administrativas y otorgar mayor previsibilidad al sector, en línea con otras reformas regulatorias implementadas durante el último año para estimular las inversiones productivas.
En provincias con fuerte desarrollo minero, como Río Negro, donde avanzan proyectos como Calcatreu, Ivana y otras iniciativas de exploración, la simplificación de estos procedimientos representa una herramienta adicional para mejorar las condiciones de financiamiento durante las fases de inversión, cuando aún no existe producción comercial.





