La Secretaría de Energía actualizó la normativa que regula a los operadores de gas licuado de petróleo (GLP) y avanzó en una simplificación de los trámites de inscripción. La medida busca reducir cargas burocráticas sin modificar las exigencias técnicas y de seguridad que deben cumplir las instalaciones.
El Gobierno nacional dio un nuevo paso en su política de desregulación administrativa al introducir cambios en el régimen aplicable a los operadores de gas licuado de petróleo (GLP). A través de la Resolución 180/2026, publicada en el Boletín Oficial, la Secretaría de Energía modificó los requisitos exigidos para la inscripción y habilitación de distintas actividades vinculadas con este combustible.
La actualización normativa alcanza a operadores de GLP automotor, instalaciones para uso náutico y otros establecimientos comprendidos dentro del régimen nacional que regula la comercialización y utilización del gas licuado de petróleo.
El principal cambio consiste en la simplificación de la documentación que deben presentar las empresas para obtener o mantener su inscripción. En varios casos, la autoridad de aplicación reemplazó la presentación de documentación administrativa por declaraciones juradas y certificaciones emitidas por empresas auditoras de seguridad habilitadas.
Según explicó la Secretaría de Energía, el objetivo es agilizar los procedimientos, reducir tiempos administrativos y disminuir costos para los operadores, manteniendo al mismo tiempo los controles vinculados con la seguridad de las instalaciones.
La resolución deja expresamente establecido que la inscripción en el registro nacional no reemplaza las autorizaciones exigidas por las provincias o los municipios. Cada establecimiento deberá continuar cumpliendo con las normas locales relacionadas con habilitaciones comerciales, seguridad, ambiente, uso del suelo y demás requisitos aplicables antes de iniciar su actividad.
De esta manera, el Gobierno busca separar los controles administrativos de los controles técnicos. Mientras se reducen las exigencias documentales para la tramitación nacional, permanecen vigentes las inspecciones y certificaciones vinculadas con la seguridad operativa de las instalaciones.
El GLP continúa siendo un combustible de amplia utilización en Argentina, tanto para el abastecimiento domiciliario mediante garrafas como para aplicaciones industriales, comerciales, náuticas y de movilidad. Debido a las características del producto, la normativa mantiene estrictos estándares de diseño, operación y mantenimiento que deberán seguir acreditándose mediante auditorías técnicas.
Desde el sector energético consideran que este tipo de medidas apunta a facilitar la actividad de las empresas sin resignar los niveles de seguridad exigidos para una industria donde la prevención resulta determinante.
La Resolución 180/2026 se enmarca en la estrategia del Gobierno nacional de revisar y simplificar procedimientos administrativos en distintos segmentos del sector energético, con el objetivo de reducir cargas burocráticas y agilizar la relación entre el Estado y los operadores privados, preservando las condiciones técnicas que garantizan un funcionamiento seguro de las instalaciones.





