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Nación cambia la forma de trasladar el costo del gas a las tarifas: qué cambia y cómo puede impactar en las facturas

Nicolás Muñoz

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julio 25, 2026
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La Secretaría de Energía modificó el mecanismo con el que se compensan las diferencias entre el precio estimado y el costo real del gas que compran las distribuidoras. El nuevo esquema comenzará a aplicarse con los cuadros tarifarios de agosto y busca evitar ajustes de gran magnitud en un solo momento.

El Gobierno nacional introdujo un cambio técnico que tendrá incidencia en la forma en que evolucionan las tarifas de gas. A través de la Resolución 167/2026, publicada este viernes en el Boletín Oficial, la Secretaría de Energía dispuso modificar el mecanismo de cálculo de las denominadas Diferencias Diarias Acumuladas (DDA), un componente utilizado para corregir los desfasajes entre el precio estimado del gas incluido en las tarifas y el costo que finalmente pagan las distribuidoras por ese suministro.

Aunque se trata de una modificación de carácter regulatorio, la medida tiene efectos concretos para los usuarios, ya que define cómo y cuándo esas diferencias económicas terminan reflejándose en las facturas.

Hasta ahora, las DDA se incorporaban a los cuadros tarifarios con una periodicidad estacional. A partir de esta resolución, y mientras continúe vigente la emergencia energética, esas diferencias serán calculadas e incorporadas cada dos meses, comenzando con los cuadros tarifarios que entren en vigencia durante agosto de este año.

Resolución 167-2026Descarga

¿Qué son las Diferencias Diarias Acumuladas?

Las distribuidoras de gas elaboran sus tarifas sobre la base de un precio estimado del gas natural. Sin embargo, el valor que finalmente pagan a los productores puede variar por distintos factores, como cambios en los contratos de abastecimiento o diferencias entre las proyecciones y los costos reales.

Esas diferencias no desaparecen: se registran contablemente y luego se trasladan a las tarifas mediante el mecanismo de las DDA, con el objetivo de que las empresas recuperen —o devuelvan— los montos correspondientes sin alterar el principio de que el costo del gas debe reflejar su valor real.

¿Qué busca el Gobierno?

Según explica la resolución, el objetivo es dar mayor gradualidad y previsibilidad a esos ajustes. En lugar de acumular diferencias durante períodos más largos y trasladarlas de una sola vez, el nuevo esquema permitirá realizar correcciones con mayor frecuencia.

En los fundamentos de la medida, la Secretaría de Energía sostiene que el cambio busca evitar ajustes significativos derivados de plazos extensos, aunque aclara que el mecanismo mantiene su finalidad original: comparar el precio estimado con el costo efectivamente pagado por las distribuidoras y trasladar esa diferencia al sistema tarifario.

En términos prácticos, esto significa que las variaciones en el costo del gas podrán reflejarse con mayor rapidez en las tarifas, aunque distribuidas en ajustes más acotados.

¿Implica un aumento inmediato?

No necesariamente.

La resolución no establece un incremento tarifario, ni modifica el precio del gas, el transporte o la distribución. Lo que cambia es la forma en que se incorporan las diferencias acumuladas entre el costo previsto y el costo real del abastecimiento.

El efecto concreto sobre las facturas dependerá de la magnitud de esas diferencias en cada período. Si los costos reales resultan superiores a los estimados, las DDA tendrán un impacto positivo sobre las tarifas; si ocurre lo contrario, el ajuste podrá actuar en sentido inverso.

Con esta modificación, el Gobierno continúa ajustando distintos componentes del esquema tarifario durante la vigencia de la emergencia energética, que fue prorrogada hasta el 31 de diciembre de 2027, en un contexto de actualización gradual de precios y reducción de distorsiones acumuladas en el sistema.

Boletín Oficial DDA Diferencias Diarias Acumuladas Resolución 167/2026 Secretaría de Energía

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