El Registro Nacional de Armas estableció que las inscripciones y reinscripciones de usuarios de explosivos, nitrato de amonio y otras sustancias controladas deberán realizarse exclusivamente mediante la plataforma Trámites a Distancia. La modificación alcanza a actividades como la minería, las canteras y distintos trabajos industriales, pero no cambia las exigencias técnicas y de seguridad vigentes.
El Gobierno nacional avanzó con la digitalización de los procedimientos que deben cumplir las empresas y personas que utilizan explosivos y nitrato de amonio, dos insumos de especial importancia para actividades productivas como la minería y la explotación de canteras.
A través de la Resolución 47/2026, publicada este martes 11 de agosto en el Boletín Oficial, el Registro Nacional de Armas (RENAR) estableció que la plataforma Trámites a Distancia (TAD) será, desde ahora, la vía única, obligatoria y exclusiva para gestionar las solicitudes de inscripción y reinscripción de los usuarios alcanzados por el régimen.
La disposición comprende a los usuarios de explosivos, nitrato de amonio, artificios pirotécnicos y sustancias químicas controladas. Hasta ahora coexistían procedimientos que podían requerir presentaciones documentales mediante diferentes mecanismos. Con la nueva resolución, el organismo concentra la gestión administrativa en el sistema electrónico del Estado nacional.
El cambio tiene especial interés para la actividad minera. Los explosivos son utilizados principalmente en operaciones de perforación y voladura para fragmentar roca, mientras que el nitrato de amonio constituye uno de los insumos empleados en la elaboración de explosivos industriales utilizados en minería y canteras.
La resolución, sin embargo, no flexibiliza los controles sobre esos materiales ni modifica las condiciones técnicas y de seguridad necesarias para utilizarlos. El cambio se concentra en la forma en que los operadores deberán presentar y gestionar la documentación ante el organismo nacional.
A partir de la entrada en vigencia de la medida, quienes necesiten inscribirse o renovar su condición de usuarios deberán iniciar el procedimiento mediante TAD, completar los formularios correspondientes y adjuntar digitalmente la documentación exigida para cada categoría.
La información presentada tendrá carácter de declaración jurada, lo que implica que los solicitantes serán responsables por la veracidad y exactitud de los datos incorporados al expediente electrónico. El RENAR conservará, además, la facultad de solicitar documentación complementaria o realizar verificaciones cuando lo considere necesario.
La norma establece que no se admitirán solicitudes realizadas por mecanismos diferentes al procedimiento electrónico. Solo contempla excepciones ante situaciones de fuerza mayor o indisponibilidad de los sistemas informáticos que imposibiliten efectuar la presentación digital.
El objetivo declarado por el organismo es simplificar y estandarizar los trámites, reducir cargas administrativas y avanzar hacia un sistema con mayor trazabilidad de las actuaciones. La digitalización también permite concentrar dentro de un mismo expediente electrónico la documentación presentada por los operadores y las intervenciones realizadas por el organismo de control.
Para las empresas mineras y sus contratistas, el cambio tiene una consecuencia fundamentalmente administrativa. No modifica las normas que regulan la adquisición, almacenamiento, transporte, utilización o seguridad de los explosivos, sino el procedimiento mediante el cual deben acreditar su condición de usuarios habilitados ante el Estado nacional.
La distinción es importante porque se trata de materiales sometidos a controles específicos debido a sus características y riesgos asociados. La simplificación administrativa dispuesta por Nación no significa una desregulación de las condiciones de seguridad aplicables a su manipulación.
La medida se inscribe, además, dentro de un proceso más amplio de digitalización y simplificación de procedimientos administrativos que el Gobierno nacional viene aplicando en diferentes actividades productivas.
Para una industria minera que proyecta una expansión significativa durante los próximos años, especialmente a partir del desarrollo de grandes proyectos de cobre, litio, oro y plata, la agilización de los procedimientos asociados a insumos críticos puede adquirir relevancia operativa para compañías, contratistas y proveedores.
Desde este 11 de agosto, por lo tanto, las nuevas inscripciones y renovaciones alcanzadas por la Resolución 47/2026 deberán canalizarse obligatoriamente a través de TAD, mientras que los requisitos técnicos, las condiciones de seguridad y las facultades de fiscalización del Estado continúan vigentes.





