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Minería

Nación simplificó la importación de maquinaria para minería: menos trámites y controles digitales

Nicolás Muñoz

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Por

septiembre 2, 2026
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La Secretaría de Minería reemplazó el sistema de autorizaciones previas por declaraciones juradas digitales para acceder a las exenciones previstas en la Ley de Inversiones Mineras. El régimen comprende bienes de capital, equipos, repuestos, accesorios e insumos y establece nuevas reglas para maquinaria usada y reacondicionada.

El Gobierno nacional avanzó con una nueva simplificación del régimen de importaciones destinado a la actividad minera. La Secretaría de Minería modificó el procedimiento que utilizan empresas y prestadores para ingresar al país maquinaria, equipos y determinados insumos alcanzados por los beneficios de la Ley de Inversiones Mineras.

La medida quedó formalizada mediante la Resolución 73/2026, publicada en el Boletín Oficial, y apunta fundamentalmente a reemplazar autorizaciones administrativas previas por un sistema de declaraciones juradas digitales y controles integrados entre los organismos del Estado.

Resolución 73 2026Descarga

El cambio no crea una nueva exención impositiva para la minería: El beneficio ya está contemplado en el artículo 21 de la Ley 24.196 de Inversiones Mineras y permite ingresar determinados bienes necesarios para la actividad sin pagar derechos de importación, tasa de estadística y otros gravámenes alcanzados por el régimen.

Lo que modifica Nación ahora es el procedimiento para acceder a ese beneficio porque hasta el momento existía un circuito que requería solicitudes y autorizaciones previas. Con el nuevo esquema, esa instancia será reemplazada por declaraciones juradas digitales que se integrarán con la Ventanilla Única de Comercio Exterior Argentino (VUCEA) y el Sistema Informático Malvina (SIM), utilizado por Aduana.

El objetivo oficial es reducir tiempos administrativos sin eliminar los controles sobre el destino de los equipos.

Qué podrá ingresar con el beneficio

La resolución aprobó también un nuevo listado de posiciones arancelarias correspondientes a los bienes que podrán utilizar el régimen.

Allí se contemplan bienes de capital, equipos especiales, partes y componentes, repuestos, accesorios y determinados insumos necesarios para desarrollar actividades comprendidas dentro de la Ley de Inversiones Mineras.

No significa, por lo tanto, que cualquier maquinaria pueda importarse automáticamente sin aranceles.

El equipo debe encontrarse comprendido en las posiciones habilitadas y estar destinado efectivamente al proyecto minero que justificó la utilización del beneficio.

La normativa mantiene justamente uno de los puntos centrales del régimen: la obligación de demostrar el destino minero de los bienes importados.

El Estado cambia así el momento y la metodología del control. En lugar de concentrar buena parte del procedimiento antes de autorizar la operación, el nuevo sistema se apoya en información digital, interoperabilidad entre organismos y trazabilidad posterior de los bienes.

También podrán ingresar equipos usados y reacondicionados

Otro de los cambios relevantes está relacionado con la maquinaria que no es nueva.

La reforma reglamentaria introducida este año incorporó precisiones sobre los bienes usados y reconoció expresamente la categoría de bienes reacondicionados, una cuestión importante para una industria que utiliza equipamiento especializado y de elevado valor.

La nueva regulación también establece condiciones para situaciones posteriores a la importación, como el traslado, transferencia, cambio de utilización o desafectación de los equipos incorporados mediante el beneficio.

Esto busca permitir una mayor flexibilidad operativa sin perder la trazabilidad sobre maquinaria que ingresó al país utilizando una exención fiscal.

El nuevo sistema todavía necesita un paso para funcionar

La resolución entró formalmente en vigencia con su publicación en el Boletín Oficial, pero existe una aclaración importante.

El nuevo procedimiento no comenzará a utilizarse inmediatamente.

Para que las empresas puedan operar bajo el esquema simplificado deberá adecuarse primero la plataforma de Trámites a Distancia (TAD). Además, la Dirección General de Aduanas, dependiente de ARCA, tendrá que dictar la normativa complementaria necesaria para integrar las declaraciones juradas con el Sistema Informático Malvina.

Hasta que eso ocurra, los trámites presentados anteriormente continuarán procesándose bajo las reglas que estaban vigentes al momento de su inicio.

Nación derogó además las resoluciones 89/2019 y 15/2020, que contenían procedimientos que el Gobierno considera desactualizados frente al nuevo modelo digital.

Por qué importa para los nuevos proyectos mineros

La disponibilidad de maquinaria constituye uno de los componentes centrales de cualquier proyecto minero.

Perforadoras, equipos de movimiento de suelo, maquinaria de procesamiento, componentes específicos y repuestos pueden representar inversiones significativas, particularmente durante las etapas de exploración avanzada, construcción y posterior operación de una mina.

Argentina cuenta con proveedores nacionales para diferentes segmentos de esa cadena, pero parte de la tecnología especializada que requieren los proyectos debe adquirirse en el exterior.

En ese escenario, los derechos de importación y, especialmente, los tiempos administrativos necesarios para ingresar los equipos pueden incidir sobre el cronograma y el costo de una inversión.

La Ley de Inversiones Mineras ya contemplaba una respuesta para el primer problema mediante las exenciones. La modificación publicada ahora busca atacar el segundo: reducir la carga administrativa para utilizar un beneficio que ya estaba vigente.

Una medida que también puede alcanzar a proyectos de Río Negro

El cambio tiene alcance nacional y, por lo tanto, también puede resultar relevante para el proceso de desarrollo minero que atraviesa Río Negro.

La provincia tiene actualmente proyectos en diferentes etapas vinculados con oro, plata y uranio, además de una actividad exploratoria que comenzó a adquirir mayor movimiento durante los últimos años.

A medida que esos proyectos avancen, la demanda de perforadoras, maquinaria pesada, equipos de procesamiento, componentes y repuestos puede aumentar.

La nueva normativa no concede un tratamiento especial a Río Negro ni significa que todos esos proyectos automáticamente podrán importar maquinaria sin aranceles. Para acceder al beneficio deberán estar comprendidos en la Ley de Inversiones Mineras y cumplir las condiciones establecidas por el régimen.

Pero sí modifica una variable importante para cualquier inversión que reúna esos requisitos: la forma y los tiempos necesarios para incorporar equipamiento del exterior.

El desafío tendrá también otra cara para las provincias que buscan desarrollar proveedores locales.

Una mayor facilidad para importar maquinaria puede reducir costos y acelerar inversiones, pero al mismo tiempo obliga a fortalecer la competitividad de fabricantes, talleres y empresas nacionales que pretenden incorporarse a la cadena de valor minera.

La discusión, entonces, no pasa únicamente por cuánto equipamiento puede entrar al país.

En una Argentina que busca transformar su potencial geológico en nuevos proyectos productivos, el objetivo será lograr que la reducción de burocracia acelere las inversiones sin perder controles y, al mismo tiempo, que el crecimiento de la minería genere espacio para desarrollar una cadena de proveedores nacionales y regionales alrededor de esos proyectos.

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